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GOBERNADOR Y DIPUTADOS SE EQUIVOCARON, SE PRECIPITARON EN APROBAR LEY DE TRANSPARENCIA

GOBERNADOR Y DIPUTADOS SE EQUIVOCARON, SE PRECIPITARON EN APROBAR  LEY DE TRANSPARENCIA

dic 17, 2011

Empujada desde Casa Jalisco por el gobernador Emilio González Márquez, corregida y aumentada por la fracción priísta, pero interés de panistas y perredistas, el Congreso del Estado aprobó una Ley de Información Pública de Jalisco y su Municipios que no ha dejado contento a nadie y que se ha visto como una moneda de cambio para que les ayudaran a resolver sus problemas económicos.

 

En contra se han pronunciado el propio Instituto de Transparencia e Información (ITEI), quien hace una revisión a seis puntos concretos; la AMEDI (Asociación Mexicana de Derecho a la Información), el Colectivo CIMTRA (Ciudadanos por Municipios Transparentes) y el Consejo Económico y Social (Cesjal), que pide al gobernador que no la publique para evitar su entrada en vigor.

 

Entre los puntos de inconformidad o “errores” señalados por los diferentes organismos destacan que los plazos para sancionar a quien no cumpla son contradictorios y otros no se estipulan claramente. Criminaliza la libertad de expresión porque sanciona tanto a quien entregue información como a quien la publique. Se incluye a personas físicas dentro de los sujetos sancionados. Impide el uso de medios electrónicos porque se obliga a firmar las solicitudes de información.

 

Se aprobó fast track y no hubo consulta pública para conocer opiniones de gente conocedora del tema. Los diputados, por ejemplo el coordinador perredista Raúl Vargas, tienen su defensa porque “se ha hablado mucho pero se ha hablado mal”, aunque aceptan que la ley recién aprobada “puede corregirse en algunos aspectos”.

 

MONEDA DE CAMBIO

El coordinador de la fracción panista, Gustavo Macías, rechaza que la aprobación de la ley haya sido una moneda de cambio aunque el tema sí se platicó con el Secretario General de Gobierno.

 

“Sí nos dijo que al Gobernador del Estado le interesaba mucho este tema, pero también a los diputados, ante de pedir más recursos primero había que generar esa condiciones de confianza hacia la gente y de que el recurso que estaría recibiendo el congreso estaríamos con esa obligación de transparentarlo y fue lo que influyó para que tomáramos el acuerdo”, explica Gustavo Macías.

 

La iniciativa contempla propuestas de ley archivadas, “hay que balconearnos”, dice Mariana Fernández, “no de la pasada legislatura, sino incluso desde la 57 y la novedad es que se amplía los temas que pasan de 37 a 64 y que “nos va a exigir más a todas las instancias, ahora sí nadie se salva”.

 

El presidente del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI), Jorge Gutiérrez Reynaga, quien no fue consultado a pesar de ser el directamente involucrado, pidió al gobernador Emilio González Márquez la revisión de seis puntos, antes de su publicación.

 

1. Los supuestos de reserva que marca la ley son genéricos y “se reservan procesos deliberativos y otras cuestiones en contra de la propia Constitución del Estado y no se establece como parte del procedimiento la ‘prueba de daño’ que establezca precisamente el daño que pudiese causar la revelación de la información”.

 

2. En el apartado de sanciones y delitos, “se establecen conductas sancionables para personas físicas que posibilitarían procedimientos ‘inquisidores’; la responsabilidad administrativa se hace exigible a personas físicas; las conductas delictivas no se acotan debidamente porque se acarrea una sanción administrativa incorrecta y porque los supuestos de reserva son sumamente genéricos”.

 

3. Para los procedimientos de sanción, señala en el punto tres “no hay certeza jurídica ya que hay plazos contradictorios y otros que no se estipulan claramente, existen plazos para cuestiones similares diametralmente opuestos y contradicciones entre procedimientos y los principios de la ley”. Agrega en el punto 4 que “al tramitar el recurso de revisión se obliga a la firma del promotor, lo cual inhibe el ejercicio del derecho a la información y el uso de sistemas electrónicos”

 

5. En el apartado de conceptos, señala el documento enviado a González Márquez, “se eliminan principios que son relevantes de la ley actual tales como la publicación y divulgación oportuna y veraz de la información pública de carácter fundamental; ámbito limitado de excepciones y justificación de las mismas; apertura de los órganos públicos; y seguridad jurídica del procedimiento”.

 

6. Finalmente, hace hincapié en la fragmentación de sujetos obligados porque “es ociosa particularizar en torno a los obligados que ya son de por sí obligados”.

 

CRIMINALIZA

Por su parte, el secretario General del Consejo Económico y Social (Cesjal), Arturo Uribe Avín, señaló que los errores son un indicativo de que los legisladores no conocían la ley al momento de aprobarla, además de que tampoco fue consultada la sociedad ni el propio ITEI antes de someterla al Pleno.

 

Óscar Constantito Gutiérrez, asesor del organismo denunció que la nueva ley de transparencia que votaron los diputados criminaliza la libertad de expresión y genera opacidad en los procesos de transferencia de información a la sociedad.

 

Experto en temas de transparencia y acceso a la información, Constantino destacó el artículo 298 del Código Penal del Estado, acerca de que “se impondrán de uno a cinco años de prisión y multa por el importe equivalente de cincuenta a mil días de salario mínimo diario general vigente en la ciudad de Guadalajara, a quien:

II. Difunda pública y dolosamente información pública clasificada como reservada;

III. Difunda pública y dolosamente información pública clasificada como confidencial, sin la autorización correspondiente;

IV. Entregue a un tercero, información pública clasificada como reservada, o confidencial sin la autorización correspondiente [...]”.

Ejemplifica: “Con esta Ley, Nixon no hubiera dejado de ser presidente por el caso Watergate; Woodward y Bernstein, los periodistas del Washington Post que lo difundieron, estarían presos y Garganta Profunda, su informante en el FBI, sería un delincuente”.

 

Además de criminalizar la libertad de expresión, calificó la ley como un retroceso que va a complicar a los ciudadanos el acceso a la información y encarecerá todo el sistema de transparencia “al modificarse totalmente el catálogo de información fundamental, todos los portales de transparencia en Jalisco deberán cambiarse con un costo operativo de varios millones de pesos no calculados hasta ahora”.

 

Dijo también que debido a que la ley entrará en vigor en abril de 2012, no tendrá todos sus instrumentos sino hasta junio, lo que ocasionará un “limbo jurídico” de tres meses, justo previo a la jornada electoral de julio; segundo, que viola los derechos ciudadanos y de los periodistas, consagrados en los artículos 6 y 9 de la Constitución General de la República; tercero, que aumenta enormemente los costos de operación de todo el sistema de transparencia.

 

NO SUPIERON QUÉ APROBARON

La Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) calificó el proceso legislativo como antidemocrático y poco transparente y la nueva ley reduce los derechos de los ciudadanos y otorga más atribuciones a la autoridad.

 

“No existió consulta pública por parte del Congreso del Estado, ni se tomaron en cuenta las opiniones y experiencia de diversos sectores especializados en la materia, tales como académicos y organizaciones civiles expertas en el Derecho a la Información. Un claro ejemplo fue la omisión del Congreso al ignorar las propuestas y recomendaciones que AMEDI Jalisco entregó al Congreso el 16 de abril de 2010, para modificar la Ley de Transparencia del Estado de Jalisco, y que se derivaron del análisis de especialistas en la materia”, señaló.

 

La AMEDI calificó como una incongruencia el que legisladores no hayan involucrado al Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI), en el proceso de redacción de la nueva ley porque es la institución encargada de tutelar el derecho a la información de los jaliscienses.

 

“La celeridad en la aprobación de esta ley, cuya discusión ni siquiera estaba prevista en el orden del día de la sesión del Congreso, viola los procedimientos legislativos. Paradójicamente, la nueva ley es resultado de proceso nada transparente”, agrega.

 

Calificó como inaceptable una presunta negociación con el Gobernador del Estado para que ayudara a los diputados a resolver sus problemas económicos “porque atentan contra la vida democrática del Estado, además de reducir a un simple intercambio de favores la aprobación de un andamiaje que regula y resguarda un derecho fundamental de todos los mexicanos”. En aspectos técnicos, precisó que “en el título y objetivos hay un retroceso en materia de derecho a la información, pues se elimina la palabra ‘transparencia’ y en su lugar se coloca el concepto ‘información pública’”.

 

En las 213 páginas del dictamen aprobado por el Congreso no hay un solo argumento que justifique por qué se abrogó la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco y no simplemente reformarla. En el objeto de la nueva ley, los legisladores eliminaron “la garantía del derecho fundamental de toda persona a conocer el proceso y la toma de decisiones públicas, así como acceder, consultar, recibir, difundir, reproducir y publicar información” (artículo 2 de la Ley vigente). En su lugar, el objetivo de ley se reduce a “clasificar información, proteger datos personales, acceder a información y organizar el funcionamiento del ITEI”.

 

La nueva Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios permite que el ITEI amplíe el número de empleados y los recursos necesarios para su operación cotidiana. Crear una estructura legal que incentive el crecimiento presupuestal para esta institución es poco sensato, señala el documento de la AMEDI.

 

“En la nueva ley se elimina la obligatoriedad de los sujetos obligados de dejar testimonio de las discusiones entre los funcionarios públicos (Artículo 55 de la Ley vigente); se prescinde de la disposición de transparentar las decisiones de los servidores públicos (artículo 56 de la Ley vigente). También se reserva información que contenga opiniones, recomendaciones y puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo para la toma de decisiones (artículo 41 de la nueva ley). La eliminación de estas dos disposiciones y la implementación de nuevas restricciones limita seriamente la posibilidad de que los ciudadanos conozcan cómo trabaja el Gobierno”.

 

En la nueva ley no hay modificación alguna que genere garantías para que en el futuro no se repita una elección de consejeros poco transparente y marcada por intereses partidistas. Coincide con el Cesjal al mencionar que en el artículo 106 de la nueva ley se infracciona a particulares por difundir o publicar información considerada como reservada, disposición que constituye una limitación a la libertad de expresión de los ciudadanos.

 

La Asociación Mexicana de Derecho a la Información también pidió al gobernador, Emilio González Márquez, que no publique la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y que el Congreso del Estado convoque a una discusión pública para construir una Ley de Transparencia democrática y que respete los derechos humanos de los jaliscienses.

 

RESPONDE PRD

A través de un boletín, la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática pidió al Cesjal acercarse y conocer el documento, “a efecto de aportar elementos sustentados en un real y exhaustivo análisis en lugar de opiniones”.

Puntualmente, contesta los siete puntos señalados por el organismo intermedio, entre el que destaca el segundo punto relacionado con la criminalización de la libertad de expresión y señala que “la sanción punible, para ser aplicable, requiere en el tipo penal que la conducta:

a) cause un daño irreparable;

b) que se carezca de la autorización correspondiente; y,

c) que sea de manera dolosa.

 

Esto es, sólo procede a petición de parte y cuando se violen las garantías de secrecía y reserva obligadas”, dice el boletín, pero no niega las sanciones. En el punto seis, la fracción parlamentaria califica como una falacia que el ITEI “ya no tomará parte en el proceso de clasificación de la información” porque no sólo “conserva sus atribuciones respecto a la ley abrogada (lineamientos); se especifica en el recientemente creado Proceso de Revisión de Clasificación de Información que al final del mismo, el Instituto deberá emitir resolución INCOMBATIBLE sobre la materia de la litis y el sujeto obligado tiene cinco días para acatar la resolución definitiva y notificar de su cumplimiento”.

 

MÁS “DIENTES”

El coordinador de los diputados panistas rechazó que se haya aprobado la ley al vapor porque “ya lo veníamos trabajando desde hace dos meses, en que los asesores trabajaron intensamente, sobre todo las dos últimas dos semanas en las que hubo reuniones intensas incluso con el Ejecutivo, con la gente de la Secretaría General de Gobierno para revisar este tema para sacar una ley que no fuera vetada por el Ejecutivo”.

 

Destaca que la nueva Ley cuenta “con más ‘dientes’, con mayores sanciones y mayores sujetos obligados a rendir cuentas de hasta el último peso que se reciba, por ejemplo hoy se establece la obligación para los grupos parlamentarios. Debe rendir información la mesa directiva del congreso del estado, que tampoco estaba obligado, hoy hay que hacerlo, casa Jalisco, el propio despacho del Gobernador, el Poder Judicial, los ayuntamientos. Va con mucha más fuerza para que puedan rendir la información y sobre todo las sanciones que se establecen, las penalidades que ahí se estipulan van con el ánimo de generar esa transparencia si no por la buena ahora sí con esta ley”.

 

Recalca Gustavo Macías: “Eso es lo que estuvimos anteponiendo antes de cualquier otra situación de intercambio con el Ejecutivo”. Por su parte, el coordinador de los diputados perredista, Raúl Vargas, señala que a pesar de votarse fast track, “es un asunto que se venía discutiendo desde hace meses y representa no menos de tres iniciativas, entre ellas la del Gobernador del Estado. Habrá que decirlo que su iniciativa incluía al despacho del Gobernador, quien promovió una serie de instancias próximas a él”.

 

Destacó que un sujeto obligado es aquel que no puede excusarse bajo ninguna circunstancia de entregar la información que cualquier ciudadano le solicite y querer excusarse puede ser sancionada administrativa y penalmente, lo que “antes era muy difícil, yo mismo hice algunas peticiones que me fueron negadas, hay una denuncia penal contra un secretario del Poder Ejecutivo por no haber cumplido cuando era titular de Pensiones del Estado”.

 

Raúl Vargas señaló que para aprobar la ley “mostró interés el PRI, el PAN, el PRD, el Gobernador en varias ocasiones y era una preocupación de todos, si de esto se suscita una serie de especulaciones como se ha dicho, de esto no somos responsables”.